Por Arturo De León Loredo
Cuidad Victoria Tamaulipas a 4 de agosto de 2026 ¨. En atención a preguntas que, de manera directa, me hicieron con motivo de publicación anterior relacionada con el posicionamiento político anticipado; retomo lo central de mis respuestas.
Preguntas.
¿Entonces, que va hacer un servidor público que aspira a una candidatura?
¿Entonces, quien aspire a una candidatura debe recluirse?
Mi respuesta es, el servidor público debe seguir haciendo su función con la dedicación que la misma exige.
Una persona que tiene un liderazgo social o partidista, igualmente.
Quienes ocupan una posición de servidor público, liderazgo partidista o social, en su desempeño, tienen aciertos y errores de los que les resultan simpatías y antipatías, seguidores o detractores. Realizar la función correspondiente con las consecuencias sociales y/o mediáticas que resulten no están bajo el control de la persona que realiza la función, en un país en el que hay libertad de opinión y expresión.
Lo que si no debería suceder, es algo como lo siguiente:
– Contratación de espacios publicitarios en redes o medios de comunicación para promover la imagen personal.
– Aparición, previo pago, en portadas de revistas y espectaculares.
– Pinta de bardas.
– Reuniones con ciudadanía para promoverse como aspirante.
– Usar recursos públicos (vehículos, oficinas, presupuesto, personal, etc.) para sus fines políticos personales.
Así que, por si mismos, los siguientes actos no podrían considerarse actos de promoción personal.
– Acudir a espacios públicos.
– Asistir a eventos sociales.
– Asistir a eventos,, partidistas o institucionales, relacionados con su función.
– Conceder entrevistas a petición de los medios de comunicación.
– Difundir información institucional.
Obviamente, quien aspire a una candidatura debe conocer las leyes que regulan la materia. Y conocer sus derechos.






